13 de diciembre de 2009

Programa Mercosur Audiovisual.

Resolución Mercosur Nº 27/09CONVENIO DE FINANCIACION PARA EL PROYECTO "PROGRAMA MERCOSUR AUDIOVISUAL" DCI-ALA /2008/020-297ASUNCION, 22 DE JULIO DE 2009XXXV REUNION, GRUPO MERCADO COMUN
INTERNALIZADO POR
NO NECESITA ADOPCION DE MEDIDAS LEGALES PARA LA INTERNALIZACION EN LOS PAISES MIEMBROS
TEMA CONVENIOS DE COOPERACION-COOPERACION CIENTIFICA Y TECNICA-INDUSTRIACINEMATOGRAFICA-FOMENTO DE LA INDUSTRIA CINEMATOGRAFICA-OBRAS AUDIOVISUALESAPROBACION DEL PROYECTO-PROGRAMA MERCOSUR AUDIOVISUAL GENERALIDADES DE ACUERDO A CRITERIOS CONVENCIONALES IMPLEMENTADOS POR ESTA BASE DE DATOS, ENEL ARCHIVO MERCOSUR LAS NORMAS SE ENCUENTRAN CON SU TEXTO ORIGINAL CONINDICACION O REFERENCIA DE LAS CORRESPONDIENTES ACTUALIZACIONES VISTO El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nº 10/91, 5900 y 12/04 del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones Nº 26/92 y 57/05 delGrupo Mercado Común.
Referencias Normativas:
Ley 23.981Ley 24.560Decisión Mercosur Nº 10/91Decisión Mercosur Nº 12/04Decisión Mercosur Nº 59/00Resolución Mercosur Nº 26/92Resolución Mercosur Nº 57/05 CONSIDERANDO Que en el marco de la estrategia de relacionamiento externo del MERCOSUR, unade las prioridades definidas por los Estados Partes ha sido la celebración deAcuerdos que incrementen los vínculos y fortalezcan las alianzas de cooperacióncon otros países o grupos de países. Que la experiencia de la Unión Europea como donante de cooperación técnica es deinterés del MERCOSUR. Que es importante fortalecer el sector cinematográfico y audiovisual delMERCOSUR como un instrumento que favorece la difusión del proceso de integraciónregional. EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE: Art. 1 - Aprobar la firma del Convenio de Financiación para el Proyecto Programa MERCOSUR Audiovisual" DCI-ALA/2008/020-297, que consta como Anexo yforma parte de la presente Resolución. Art. 2 - El Convenio de Financiación para el Proyecto ""Programa MERCOSURAudiovisual" DCI-ALA/2008/020-297 se encuentra únicamente en idioma español. Art. 3 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico delos Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o delfuncionamiento del MERCOSUR. "PROGRAMA MERCOSUR AUDIOVISUAL"Número: de Convenio de FinanciaciónNúmero contable DCI-ALA/2008/020-297ACUERDO DE DELEGACION El Grupo Mercado Común del MERCOSUR (GMC) por una parte, y El Instituto Nacionalde Cinematografía y Artes Audiovisuales (INCAA) de la República Argentina, porotra parte Considerando 1 - el Convenio de Financiación Número DCI-ALA/2008/020- 297celebrado entre la Comunidad Europea y los Estados Partes del Mercado Común delSur (MERCOSUR), por el cual el Grupo Mercado Común (GMC) en representación delMERCOSUR como Beneficiario asumió frente a la Comisión Europea las obligaciones yresponsabilidades derivadas del "Programa MERCOSUR Audiovisual". II - Que los beneficiarios directos del Proyecto son los Estados Partes delMERCOSUR - Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay -, representados por el GrupoMercado Común (GMC). III - Que el GMC acordó la designación del Instituto Nacional de Cinematografía yArtes Audiovisuales (INCAA) de la República Argentina como Entidad Ejecutora deeste Proyecto (LXXIV Reunión Ordinaria del GMC, Brasilia, 26 al 28 de noviembrede 2008) IV - Que la coordinación estratégica del Proyecto será responsabilidad del Comitéde Dirección del Proyecto, que será conformado cuando se inicie su ejecución. De acuerdo con lo dispuesto en las Disposiciones Técnicas y Administrativas DTAs) del referido Convenio, ACUERDAN: 1) Delegar la ejecución del Proyecto en el Instituto Nacional de Cinematografía yArtes Audiovisuales de Argentina (INCAA), en adelante denominada la EntidadEjecutora, bajo el control de la Reunión Especializada de AutoridadesCinematográficas y Audiovisuales del MERCOSUR (RECAM), 2) Las funciones que se delegan son las que se enumeran a continuación y quesurgen de los numerales de las Disposiciones Técnicas y Administrativas que seindican: a) La elaboración y ejecución de los presupuestos - programas, la adjudicación delos contratos, la concesión de las subvenciones, la asunción del compromiso ygestión de los gastos y la realización de los pagos correspondientes, obligacionescontenidas en el Numeral 4.1.1. "Ejecución directa o delegación de tareas" de lasDTAs, relativas exclusivamente a la ejecución del Proyecto. b) La constitución de un equipo de personal dedicado exclusivamente a laejecución del proyecto (4.1.1., DTAs); c) La preparación de toda la documentación operacional, técnica, administrativa yfinanciera del proyecto, entre otros los presupuestos - programas, informes,expedientes de licitación para la adquisición de bienes, servicios y obras,contratos, órdenes de pago, etc. (4.1.1., DTA5); d) La organización, seguimiento y supervisión de la ejecución de todas lasactividades del Proyecto (4.1 .1, DTAs); e) La administración y la gestión contable del Proyecto en su conjunto (4.1.1. DTA5). f) La participación en evaluaciones de licitaciones (4.1.1., DTAs); g) El funcionamiento como secretaría del Comité de Dirección (4.1.1., DTA5); h) La celebración de los contratos salvo los que serán celebrados por la ComisiónEuropea (4.3.2.1. y 4.3.2.2., DTAs); i) El establecimiento conjunto con el Comité de Dirección, de un monitoreo técnico financiero, permanente e interno del Proyecto (5.1. DTAs); j) La elaboración de los informes que permitirá la realización del monitoreotécnico y financiero del Proyecto (5.1. DTA5); k) La gestión de las acciones necesarias para la evaluación del Proyecto (5.2. DTAs); l) La gestión de las acciones necesarias para la uditoría y control interno delProyecto (5.3. DTA5); m)La gestión de las acciones necesarias para asegurar la auditoría externadurante la fase de cierre del Proyecto (5.3. DTAs); n) La realización de las actividades relacionadas con la comunicación y lavisibilidad del proyecto (6., DTA5); o) La comunicación a la Comisión Europea (CE) del detalle de los mecanismosfinancieros para la ejecución del Proyecto, así como el nombre y cargo de laspersonas investidas de poder para ordenar pagos; 3) Para la preparación, gestión y ejecución de los correspondientes Presupuestos -Programas, la Entidad Ejecutora se compromete a ajustarse a las normas yprocedimientos descriptos en la Guía Práctica de los procedimientos aplicables alos presupuestos - programas financiados con cargo al FED y al PRESUPUESTO enfoque por proyecto). 4) El Grupo Mercado Común (GMC) designa como Directora del Programa administrador de anticipos) a la Sra. Eva Piwowarski y como ResponsableContable de los anticipos a la Lic. Gisela Chesi. Estas personas han sidodebidamente facultadas para actuar en su nombre en cuanto a la firma y ejecuciónde los correspondientes Presupuestos - Programas. 5) Los Presupuestos - Programas del Proyecto serán analizados y evaluados por laReunión Especializada de Autoridades Cinematográficas y Audiovisuales del MERCOSUR(RECAM), para luego ser sometido a la aprobación de la Comisión Europea. Para laanuencia indicada de las autoridades de tutela del Proyecto, los citadosdocumentos, con posterioridad al análisis del Comité de Cooperación Técnica delMERCOSUR, serán presentados por el GMC. 6) Los Organismos de los cuatro Estados Partes, el INCAA de Argentina, laSecretaría del Audiovisual y la Ancine de Brasil, la Dirección de Promoción deIndustrias Culturales de la Secretaría de Cultura del Paraguay y el Instituto delCine y Audiovisual del Uruguay, realizarán las gestiones para garantizar entiempo y forma, los fondos y medios correspondientes a su contribución para laejecución del Proyecto. 7) Para el cumplimiento de sus atribuciones, se conformará un Comité de Direcciónque contará con el apoyo de la RECAM. Asimismo, la RECAM apoyará elfuncionamiento del Comité de Dirección poniendo a su disposicion el CoordinadorNacional seleccionado conforme a los procedimientos oportunamente establecidosen MERCOSUR así como los expertos y los medios necesarios para cumplir loacordado en los Presupuestos - Programas. 8) La recepción de los desembolsos de fondos efectuados por la Comisión Europeaserá realizada por la Entidad Ejecutora de la República Argentina, quien procederáa la apertura de las correspondientes cuentas bancarias en EUROS y en monedalocal. 9) El presente Acuerdo de Delegación tendrá la misma vigencia que el Convenio deFinanciación. Las partes suscriben el presente en la ciudad de Asunción, a los 22 días del mesde julio de 2009, en dos originales, en el idioma español, siendo ambos textosigualmente auténticos. GRUPO MERCADO COMUN (GMC) ______________________________________ Por la República Argentina ______________________________________ Por la República Federativa de Brasil ______________________________________ Por la República de Paraguay ______________________________________ Por la República Oriental del Uruguay Y ______________________________________ Instituto Nacional de Cinematografía y Artes Audiovisuales

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